Servicio Lanzadera: Información de interés
Compartimos las nuevas medidas en transporte colectivo en vigor desde el lunes 8 de junio de 2020:
Les informamos de las condiciones actuales para la utilización del servicio de transporte público en autocares de servicio discrecional de pasajeros, para una movilidad segura y de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Con fecha del 6 de junio de 2020 se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden Ministerial TMA/384/2020 por la que se dictan nuevas instrucciones de uso en el transporte público y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad. https://www.boe.es/boe/dias/2020/06/06/
Mediante esta orden se eliminan las restricciones a la ocupación de los vehículos, respecto del total de plazas sentadas, para los transportes en autobús y ferroviarios, así como para los transportes terrestres colectivos de ámbito urbano y periurbano.
«Artículo 2. Condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre.
En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se podrán usar la totalidad de los asientos. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.
Asimismo, es obligatorio el uso de mascarillas durante la utilización del servicio, y nuestra flota dispone de dispensadores de gel hidroalcohólico a disposición de los pasajeros para reforzar la higiene y desinfección de las manos antes y después de la utilización del servicio.